Subvenciones

¿Es rentable instalar placas solares para el autoconsumo?

La comunidad valenciana tiene una climatología envidiable para optimizar la energía fotovoltaica, con más de 3000 horas de sol al año.
Gracias a los incentivos y ayudas de las administraciones, nuestro equipo quedará amortizado en un breve periodo de tiempo.
A partir de este momento, obtendremos nuestra energía de forma totalmente gratuita.

¿De qué ayudas y subvenciones puedes beneficiarte?

Hasta el 40% en deducción sobre el IRPF

Hasta 600€ por Kw en ayudas directas

AYUDAS AL AUTOCONSUMO CON FUENTES DE ENERGÍA RENOVABLE, EN LA ADMINISTRACIÓN DE LA GVA (hasta el 31 de diciembre de 2023)

El objeto de la presente resolución es convocar las ayudas del IVACE para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial.

Podrán acogerse a estas ayudas, conforme a lo previsto en el mismo para cada programa de incentivos previsto por el artículo 3, cualesquiera de las personas y entidades que se enumeran a continuación.

Para los programas de incentivos 1, 2 y 3, se considerarán como entidades beneficiarias de las ayudas:

a) Personas jurídicas y agrupaciones de empresas o de personas físicas, con o sin personalidad jurídica, que realicen una actividad económica por la que ofrezcan bienes o servicios en el mercado.

b) Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía.

Para el programa de incentivos 5, se considerarán como entidades beneficiarias de las ayudas:

a) Personas físicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.

b) Las entidades locales y el sector público institucional.

c) Las personas jurídicas que no realicen ninguna actividad económica, por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado, incluyendo las entidades u organizaciones del tercer sector.

d) Las personas físicas que realicen alguna actividad económica.

e) Comunidades de propietarios

f) Las comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía

Para el programa de incentivos 6, se considerarán como entidades beneficiarias de las ayudas:

a) Personas físicas que no realicen ninguna actividad económica por la que ofrezcan bienes y/o servicios en el mercado.

b) Entidades u organizaciones públicas o privadas

c) Las personas físicas que realicen alguna actividad económica

d) Comunidades de propietarios

e) Las entidades locales y del sector público institucional

Actuaciones apoyables:

Serán actuaciones subvencionables las relacionadas a continuación:

Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable en el sector servicios, con o sin almacenamiento.

Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento.

Programa de incentivos 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos.

Programa de incentivos 5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones y el tercer sector.

Programa de incentivos 6: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial.

Fuente: IVACE
https://www.ivace.es/index.php?option=com_content&view=category&id=404&Itemid=100454&lang=es

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